La Asamblea Nacional aprobó este jueves 23 de noviembre, una nueva ley para calcular la indemnización por antigüedad en caso de renuncia de los servidores públicos.

La modificación en la nueva tabla de pago de indemnizaciones es la siguiente: de 3 a 10 años el cálculo de indemnización será equivalente al salario de 1 mes; a quienes laboren de 10 a 15 años recibirán lo equivalente a 2 meses de salario; por haber trabajado de 15 a 20 años recibiran lo equivalente a 3 meses y de 20 años a más recibirá 5 meses de salario.

Este cálculo se aplicará a todos los trabajadores del sector público que presentaran su renuncia, y tendran derecho a recibirla a partir de los 3 años de servicio continuo.

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Según la nueva ley, la referida indemnización por antigüedad en caso de renuncia no será aplicable para los trabajadores del estado que sean promovidos para ocupar cargos por nombramientos del presidente de la República.

Anteriormente los trabajadores del estado estaban amparados al código laboral, que dice en su Artículo 45, que cuando el empleador rescinda el contrato de trabajo por tiempo indeterminado y sin causa justificada, pagará al trabajador una indemnización equivalente a: Un mes de salario por cada uno de los primeros tres años de trabajo; Y veinte días de salario por cada año de trabajo a partir del cuarto año.

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