El segundo patrón del barco de pasajeros y cabotaje, capitán D, es el principal responsable directo del hundimiento de esta nave, en el Río Escondido, luego que este colisionara con el mercante Jan Caribe, el pasado 29 de marzo, reveló una autoridad que participó en la investigación del accidente acuático que dejó millonarias pérdidas.
Al segundo patrón del capitán D, las autoridades le achacan el no aplicar las normas de navegación establecidas en el Reglamento Internacional de Prevención de Abordajes (RIPA).
Una resolución de la Dirección General de Transporte Acuático (DGTAN), y la Fuerza Naval, del Ejército de Nicaragua, instancias gubernamentales que investigaron la tragedia acuática, encontró, además, al segundo patrón, sin revelar su identidad, responsabilidad por impericia marinera por no poder en práctica las reglas de la navegación y por no actuar apropiadamente para evitar entrar en rumbo de colisión con el buque de carga Jan Caribe.
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“Que como consecuencia de la no aplicación de las normas de navegación establecidas en el Reglamento Internacional de Prevención de Abordajes por el segundo patrón del buque de cabotaje capitan D, este es responsable directo de la colisión y posterior hundimiento del mismo”, reza parte del documento.
La investigación tuvo una duración de 20 días calendario, según se lee en la resolución aprobada por la DGTAN y las autoridades navales.
Sin embargo, esta resolución que culpa al segundo patrón del capitán D, deja sin responsabilidad en la ocurrencia de la colisión al capitán y tripulación del buque de carga Jan Caribe.
Al segundo patrón también le suspenden indefinidamente su licencia de patrón de cabotaje, además, lo señalan de contaminar el Río Escondido, por el vertimiento de combustible y materiales ferrosos, alterando el ecosistema y calidad del agua de la vía fluvial.
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Las autoridades de la DGTAN, y de la Fuerza Naval, también señaló al patrón del capitán D, que tampoco reveló su identidad, por negligencia directa, por no ponerse al frente de la emergencia en las acciones de control de pasajero y dirección de la tripulación del buque para dirigir las acciones de mantener la flotabilidad del buque y asistencia y dirigir la evacuación de los pasajeros para preservar su seguridad.
Al patrón del capitán D la comisión investigadora le suspende únicamente su licencia de competencia nacional por un periodo de un año, por negligencia marinera.
La resolución, no exime de las responsabilidades civiles y penales a las partes implicadas.